La Comisión Nacional de Mercados y Competencia (CNMC) ha publicado un informe favorable sobre el anteproyecto de Ley de Fomento del Ecosistema de Empresas Emergentes, conocida como ‘ley de startups’, que aprobó el Consejo de Ministros el pasado julio.
Competencia “valora positivamente la contribución del anteproyecto a reducir la brecha que presenta nuestra economía con respecto a los países más avanzados de la Unión Europea a la hora de crear este tipo de empresas”.
Además, el organismo supervisor destaca que el anteproyecto incluye medidas que ha recomendado en el pasado, como el estudio previo de las estrategias de intervención pública en los mercados y la mejora en el acceso de la información para los emprendedores.
En su informe, la CNMC hace recomendaciones para mejorar varios aspectos del anteproyecto.
En relación con la demostración del carácter innovador, aconseja precisar los criterios que evalúan el carácter innovador de las empresas.
Sobre el doble sistema de control, recomienda valorar la posibilidad de que exista una única vía para verificar y acreditar la condición de empresa emergente.
En cuanto a los incentivos fiscales y ayudas públicas, la comisión recomienda reforzar el análisis de impacto de las medidas que incluye el anteproyecto desde la óptica de ayudas de Estado.
Por otra parte, el anteproyecto recoge la idea de facilitar el acceso en condiciones de igualdad a las empresas emergentes ubicadas en zonas escasamente pobladas, para lo que contempla recurrir a las adquisiciones de proximidad y a la utilización de productos locales en la contratación pública. Se recuerda que, si los pliegos contemplan criterios de arraigo territorial, éstos no se pueden aplicar de manera discriminatoria, deben estar justificados por razones imperiosas de interés general, ser adecuados para garantizar la realización del objetivo que persiguen y no ir más allá de lo necesario para alcanzarlo.
Nuevas medidas fiscales
El anteproyecto incorpora importantes medidas tributarias y fiscales para impulsar la atracción del talento internacional y favorecer la creación de hubs digitales en España. Así, se reduce para las ‘startups’ el tipo impositivo en el impuesto de sociedades y el impuesto sobre la renta de no residentes, del tipo general del 25% al 15% en el primer periodo impositivo en el que la base imponible sea positiva y en los tres siguientes siempre que mantenga la calificación de empresa emergente.
Asimismo, se incluye la posibilidad de que las ‘startups’ soliciten el aplazamiento de la deuda tributaria del impuesto de sociedades o del impuesto sobre la renta de no residentes en el primer ejercicio en el que base imponible sea positiva y en el siguiente, con dispensa de garantías y sin devengo de intereses de demora, por un periodo de 12 y 6 meses respectivamente.
Destacan también las medidas favorables a las ‘stock options’. En concreto, se eleva el importe de la exención de 12.000 a 45.000 euros anuales en el caso de entrega por parte de startups de acciones o participaciones derivadas del ejercicio de opciones de compra y se flexibilizan las condiciones de generación de autocartera en sociedades de responsabilidad limitada.
Otra novedad de la ley es la relativa a los ‘nómadas digitales’. Por un lado, crea un régimen tributario específico para que estas personas en teletrabajo desplazadas a territorio español se sometan al impuesto sobre la renta de no residentes, relajándose los requisitos para acceder a este régimen (pasando de 10 a 5 años el requisito de no ser residente fiscal en España) y se amplía el periodo de su disfrute de 5 a 10 años. Y, por otro lado, crea un visado específico para personas que trabajan en España para una empresa extranjera.
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