El Consejo de Ministros aprobó el pasado día 10 de diciembre el proyecto de Ley de fomento del ecosistema de las empresas emergentes, conocida como ‘ley de Startups’.
El proyecto llega después del periodo de consulta pública del anteproyecto que aprobó el Gobierno el pasado julio. La norma incluye medidas fiscales, elimina trabas burocráticas y flexibiliza trámites para fomentar la creación y la inversión en empresas emergentes de base tecnológica (‘startups’).
El proyecto define el concepto de ‘startup’ como aquella empresa de nueva creación o de menos de cinco años (siete años en el caso de empresas de biotecnologías, energía, industriales y otros sectores estratégicos o que hayan desarrollado tecnología propia diseñada íntegramente en España), que no cotice en un mercado de valores, no distribuya ni haya distribuido beneficios, tenga carácter innovador y un volumen de negocios anual de hasta 5 millones de euros.
La norma establece una ventanilla única, la Empresa Nacional de Innovación SME (Enisa), que otorgará la declaración del carácter innovador de la empresa para que pueda acogerse a los beneficios que introduce el proyecto de ley.
Los Puntos de Atención al Emprendimiento (PAE) y la Oficina Nacional de Emprendimiento (ONE) actuarán como puntos de información sobre medidas de apoyo y ayudas, con el apoyo de un portal web de referencia en español e inglés.
Incentivos fiscales para emprendedores e inversores
La ley incorpora medidas fiscales para atraer y recuperar el talento nacional e internacional, atraer inversión y favorecer la creación de ‘hubs’ digitales en España.
Se reduce el tipo impositivo en el Impuesto de Sociedades y el Impuesto sobre la Renta de No Residentes, del tipo general del 25% al 15% en los cuatro primeros ejercicios desde que la base imponible sea positiva.
También se eleva el importe de la exención de tributación de las opciones sobre acciones (‘stock options’) de 12.000 a 50.000 euros anuales en el caso de entrega por parte de ‘startups’ de acciones o participaciones derivadas del ejercicio de opciones de compra y se flexibilizan las condiciones de generación de autocartera en sociedades de responsabilidad limitada.
La norma amplía también la base máxima de deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación (de 60.000 a 100.000 euros anuales), el tipo de deducción (que pasa del 30 al 50%), así como el periodo en el que se considera de reciente creación que sube de 3 a 5 años, con carácter general, o a 7 para empresas de ciertos sectores.
La ley permite el aplazamiento de la deuda tributaria del Impuesto de Sociedades o del Impuesto sobre la Renta de No Residentes en los dos primeros ejercicios desde que la base imponible sea positiva, sin garantías ni intereses de demora, por un periodo de 12 y 6 meses respectivamente. Y se elimina la obligación de efectuar pagos fraccionados del Impuesto de Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes en los 2 años posteriores a aquel en el que la base imponible sea positiva.
Agilidad administrativa
El proyecto prevé la gratuidad de aranceles respecto a notarios y registradores, en la constitución de sociedades limitadas, así como en la publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (Borme); la creación de la empresa por medios telemáticos; y la no obligatoriedad de obtener el número de identificación de extranjeros (NIE) para los inversores no residentes, exigiendo únicamente que tanto ellos como sus representantes obtengan los números de identificación fiscal (NIF).
Otro de los avances incluidos es el relativo a la figura de “nómadas digitales”, es decir, aquellos emprendedores y teletrabajadores que se desplacen a territorio español. Estas personas tendrán la posibilidad de residir y trabajar en España durante 5 años, así como acogerse al régimen tributario especial y tributar por el impuesto sobre la renta de no residentes. Con el objetivo de repatriar talento se relajan los requisitos generales para acceder a este régimen (pasando de 10 a 5 años el requisito de no residencia previa en España).
Como incentivo social, también cabe destacar la eliminación durante 3 años de la doble cotización a la Seguridad Social en caso de pluriactividad, para emprendedores que trabajen de forma simultánea para un empleador por cuenta ajena.
La vicepresidenta primera, Nadia Calviño, dijo que, con esta norma, “España se pone a la vanguardia de Europa en apoyo al ecosistema de empresas innovadoras de base tecnológica, atracción de inversión y talento”.
Servimedia.